Monterrey, Nuevo León.- El denominado “pase turístico” para todos los vehículos con placas de otros estados será obligatorio a partir del próximo lunes para circular por Nuevo León.
El documento será expedido en línea y de forma gratuita por el Instituto de Control Vehicular (ICV) con una vigencia máxima de 30 días al año, y en casos donde los propietarios requieran más tiempo deberán tramitar un permiso de estadía prolongada.
Los lineamientos para la expedición de ambos tipos de permisos fueron publicados ayer en el Periódico Oficial, tras ser aprobado por mayoría el 21 de abril en el Congreso estatal con una reforma a la Ley de Movilidad.
Además del ICV estatal, los lineamientos facultan a las autoridades de vialidad y tránsito municipales a exigir el pase o permiso a los conductores de automóviles con placas foráneas.
“La falta de portación, exhibición o vigencia del Permiso Turístico o Pase Turístico, o del Registro Vehicular de Estancia Prolongada, cuando resulte exigible, podrá ser verificada y sancionada por las autoridades estatales y municipales en el ámbito de su respectiva competencia”, indica el punto quinto de los lineamientos.
“Y en caso de advertirse incumplimiento a las disposiciones aplicables”, añade, “sancionada (sic) conforme al ámbito de sus respectivas atribuciones”.
Los lineamientos no mencionan expresamente cómo debe actuar una autoridad, estatal o municipal, al detectar el incumplimiento de esta disposición.
El permiso físico deberá imprimirse y colocarse en la esquina superior derecha del parabrisas delantero y el medallón trasero del vehículo.
Contraviene a la Constitución pase turístico en Nuevo León
La aplicación de un “pase turístico” por parte del Gobierno de Nuevo León para que personas de otros estados puedan transitar por aquella entidad contraviene a la propia Constitución de nuestro país.
El abogado Gerardo Pérez cuestionó que el Estado pretenda verificar los registros vehiculares de otras entidades, pues, dijo, el Artículo 121 constitucional establece que los estados deben reconocer los actos y registros de las demás entidades federativas. Añadió que el Artículo 117 prohíbe a los estados gravar o limitar el tránsito de personas o cosas por su territorio.
“Lo que están haciendo es edificar o construir una suerte de aduana interior”, sostuvo Pérez, quien consideró que la medida representa un retroceso histórico, al establecer controles sobre los vehículos que ingresan al estado provenientes de otras entidades.
Y añadió que, como lo establece el Artículo 11 de la Constitución, se permite a las personas viajar por el territorio nacional sin necesidad de salvoconductos u otros requisitos semejantes.
Requisitos
Tarjeta de circulación de la unidad.
Licencia de conducir vigente del propietario.
Póliza de seguro vigente.
Teléfono de contacto.
Medida ilegal
Según el abogado penalista, Gerardo Pérez, advierte que es anticonstitucional para limitar el derecho de libre tránsito, como lo establece el Artículo 11 de la Constitución, que permite a las personas viajar por el territorio nacional sin necesidad de salvoconductos u otros requisitos semejantes.
Entre dudas
El pase o permiso, indica la publicación, podrá tramitarse en la liga https://www.icvnl.gob.mx/permisoturístico, pero la liga en la página oficial del ICV se desplegaba hasta anoche como “error del servidor”, “archivo o directorio no encontrado”.
Con información: Reforma
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